No admiten la intervención de la justicia ordinaria en cualquier litigio y está claramente especificado en sus estatutos. La FIFA, Conmebol y Federación Boliviana de Fútbol (FBF) prohíben que sus afiliados recurran a otros tribunales que no sean los deportivos, como ocurrió con Robert Blanco, que ganó el martes un amparo constitucional que lo reconoce como presidente de la FBF. Por no observar lo rigurosamente dispuesto, en los últimos años algunas federaciones han sufrido suspensiones e intervenciones. Otras han dejado rápidamente sin efecto sus pleitos judiciales para evitarse duros castigos, como la Asociación de Fútbol de Chile, cuya selección estuvo a un paso de no asistir al Mundial de 2010.
El fallo a favor de Blanco, en la Sala Constitucional Segunda de Santa Cruz, anula el nombramiento de Marcos Rodríguez como presidente en ejercicio por el comité ejecutivo de la FBF (23 de julio). Contrariamente, el dirigente pandino obtuvo el martes el reconocimiento de su firma, como titular, para retirar dinero de una entidad bancaria. "Necesitábamos dinero para pagar urgencias económicas, como la concentración de la selección nacional. También tenemos que devolver algunos préstamos", sostuvo entonces Rodríguez.
El estatuto de la FIFA en el artículo 59, numeral 2, sobre las obligaciones relativas a la resolución de disputas, dice a la letra: "Queda prohibida la vía del recurso ante los tribunales ordinarios, a menos que se especifique en la reglamentación de la FIFA. Queda excluida igualmente la vía ordinaria en el caso de medidas cautelares de toda índole".
La Conmebol también prohíbe recurrir a la justicia ordinaria en el artículo 13 de su estatuto, donde se refiere a las causas para la suspensión de una asociación miembro. En el inciso E afirma que uno de los motivos para el castigo es: Recurrir a los Tribunales Ordinarios, a no ser que la reglamentación de la FIFA o las disposiciones vinculantes de la ley prevean o prescriban expresamente el sometimiento a Tribunales Ordinarios.
Por último, el artículo 15, inciso C, del estatuto de la FBF, dice sobre las expulsiones: El congreso podrá expulsar a un miembro por acudir a los tribunales ordinarios para resolver un conflicto, evitar el cumplimiento de un fallo o modificación de la normativa en vigencia de la FBF o sus miembros, excepto en los casos en los que las disposiciones legales vinculadas a FIFA, de la Conmebol o de la FBF lo autoricen específicamente.
Amenazas, suspensiones e intervenciones de la FIFA
Chile, 2009: A finales de 2009, Rangers presentó un recurso ante un juez para evitar que se le restaran tres puntos en el torneo chileno. La FIFA dirigió una carta a la Federación de Fútbol de Chile amenazando que la suspendería si la justicia ordinaria actuaba en ese caso y la selección trasandina no iría al Mundial 2010. Al final, la demanda fue retirada y las aguas se calmaron.
El Salvador, 2010: En mayo de ese año, la FIFA suspendió a la Federación Salvadoreña debido a que el Gobierno de ese país no reconoció a una comisión especial que implementó el máximo organismo tras la renuncia de Rodrigo Calvo como presidente de la federación en 2009. El gobierno salvadoreño tuvo que dejar de lado su posición para que la sanción quedara en suspenso.
Nigeria, 2010: En octubre, la FIFA suspendió a la Federación de Fútbol de Nigeria debido a “injerencias gubernamentales” tales como actuaciones judiciales contra miembros elegidos del comité ejecutivo. El gobierno nigeriano dio marcha atrás en sus decisiones para que su selección no se vea perjudicada.
Argentina, 2016: La AFA tenía programado realizar elecciones el 30 de junio de 2016 para elegir al sucesor de Luis Segura, pero esos comicios fueron pospuestos después de que el gobierno argentino interviniera la entidad para investigar supuestas irregularidades administrativas. En medio de la crisis, la FIFA anunció la intervención, y mientras esta duró (desde el 24 de junio de 2016 hasta el 30 de marzo de 2017) se encargó de su administración.
Argentina, 2016. La AFA corrió el riesgo de ser suspendida de todas las competencias internacionales si la justicia ordinaria dictaminaba un llamado a Asamblea General Extraordinaria para la posterior convocatoria a elecciones ese año. La advertencia de la FIFA se produjo luego de una medida cautelar solicitada por Argentino de Quilmes, que luego, ante el castigo inminente, no se hizo efectiva.
Uruguay, 2018. La FIFA intervino la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) y decidió nominar con efecto inmediato un comité de regularización para la AUF cuyo mandato terminó en abril de 2019.
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miércoles, 19 de agosto de 2020
FIFA, Conmebol y FBF no aceptan ninguna injerencia de la justicia ordinaria
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