En 2017 se aprobó el nuevo estatuto federativo, pero hasta la fecha no existe un nuevo código disciplinario. Para las controversias se utiliza el código que se aprobó en 2011 bajo la gestión del entonces presidente Carlos Chávez (+).
En el ámbito de juzgamiento, el artículo 83 de ese código disciplinario menciona textualmente lo siguiente: “El presidente y miembros del Comité Ejecutivo de la FBF, que incurran en las previsiones del presente código, serán juzgados y/o sancionados en única instancia por una comisión de tres miembros elegida por el congreso extraordinario de la FBF, específicamente convocada para este efecto, en la forma dispuesta en el Procedimiento Disciplinario de la FBF”.
Para su grupo, Blanco continuará ejerciendo las funciones de presidente tal como le ordenó un amparo constitucional que salió a su favor el pasado martes. El lunes es posible que se presente en la sede administrativa que tiene la entidad federativa en la sede de Gobierno junto al nuevo director ejecutivo, Javier Peralta.
Firma bancaria
En las últimas horas se remitió al Banco Mercantil el amparo constitucional que salió el martes en Santa Cruz para que el banco no permita el egreso de las cuentas que tiene la FBF con esa entidad financiera, ya que Blanco comenzará a firmar los cheques.
Uno de los primeros pedidos al banco será que certifique mediante un extracto si los cheques emitidos por el ex titular César Salinas (+) a favor de Pablo Salomón son evidentes tal como se conoció el jueves en los documentos que circularon en las redes sociales.
Salinas prestó supuestamente 100 mil dólares a Salomón, a nombre de la Asociación Cruceña de Fútbol, que negó contundentemente que de esa entidad haya salido una carta oficial solicitando dinero.
Salomón ya no es presidente de esa asociación y en la actualidad se encuentra con arresto domiciliario por la investigación del caso corrupción en la gestión de Carlos Chávez (+).
La defensa de Blanco
Abogados del directivo Blanco aseguraron que su defendido no transgredió la normativa de la FBF al acudir a un tribunal constitucional para hacer prevalecer sus derechos de ser elegido como presidente interino del ente. “Dentro de un Estado la FIFA no es otro Estado”, explicó el jurista Antonio Rivera.
El comité ejecutivo decidió el jueves destituir provisionalmente a Blanco de su condición de miembro del comité ejecutivo de la FBF, por haber transgredido la normativa de la FBF, Conmebol y FIFA.
Rivera agregó que tanto FIFA como Conmebol no prohíben a las personas a acudir a un tribunal constitucional de un país para hacer valer sus derechos, tal como pasó con el directivo cruceño. “El artículo 68, numeral 2 del estatuto de la FIFA establece que las federaciones, asociaciones y ligas que son miembros de la FBF estarán prohibidos de acudir a la jurisdicción ordinaria, que en Bolivia están ejercidos por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales y jueces para conocer conflictos sobre materia civil, penal o laboral”.
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