Finalmente, La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en ejercicio de la atribución 2 artículo 189 de la Constitución Política del Estado, falló como "aprobada" la demanda de Nulidad Absoluta del Título Ejecutorial interpuesta por René Soliz Román, extitular de la Alcaldía del municipio, y continuada por la Alcaldesa María Arce Guzmán.
Por tanto, se declara "nulo" y sin valor legal el Título Ejecutorial SPP-NAL-044706 de 24 de marzo de 2008, correspondiente a la Fundación CAR, cuya dimensión es de 11.1425 hectáreas. Asimismo, se invalidó el proceso de Saneamiento conseguida por dicha Fundación.
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